Delegá los impuestos y la contabilidad de tu sociedad en las manos de un experto. En digitax tenemos un servicio a medida pensado para cada tipo societario.
✓ Liquidación de IVA
✓ Libro IVA Digital
✓ Liquidación de Ingresos Brutos / Convenio Multilateral
✓ Liquidación de Ganancias
✓ Balances
✓ Bienes acciones
✓ Acciones y participaciones
✓ DDJJ informativas
✓ Libros contables
✓ Asesoramiento permanente.
✓ Liquidación de IVA
✓ Libro IVA Digital
✓ Liquidación de Ingresos Brutos / Convenio Multilateral
✓ Liquidación de Ganancias
✓ Balances
✓ Bienes acciones
✓ Acciones y participaciones
✓ DDJJ informativas
✓ Libros contables
✓ Asesoramiento permanente.
✓ Liquidación de IVA
✓ Libro IVA Digital
✓ Liquidación de Ingresos Brutos / Convenio Multilateral
✓ Liquidación de Ganancias
✓ Balances
✓ Bienes acciones
✓ Acciones y participaciones
✓ DDJJ informativas
✓ Actas
✓ Asesoramiento permanente.
Cuando dos o más personas se organizan para realizar una actividad económica (venta de cosas o prestación de servicios), aportan capital, participan de las ganancias y soportan las pérdidas.
En la práctica, es un ente aparte, separado de sus socios, que tiene su propio nombre (razón social), su propio cuit, cuenta bancaria, impuestos y obligaciones a su cargo, patrimonio, etc.
Las sociedades solo pueden encuadrarse como inscriptas en IVA, no pudiendo optar por el régimen simplificado (Monotributo). Mensualmente debe liquidarse IVA, Ingresos brutos o Convenio Multilareral, Municipalidad en caso de corresponder y en forma anual Ganancias, Acciones y participaciones societarias e informe de autoridades societarias.
Las sociedades deben llevar una registración ordenada de sus operaciones diarias, que se documenta en los libros contables. Cada tipo societario posee diferentes libros contables obligatorios, entre los más comunes podemos encontrar Actas de directorio (SA), Actas de reunión de socios (SRL), Actas de asamblea (SRL), Acta reunión de gerencia (SRL), Depósito de acciones y asistencia asamblea (SA), Registros de acciones (SA), Inventario y balances, Libro diario.
• El capital aportado por los socios esta dividido en cuotas partes, el mínimo de socios es 2 y el máximo 50.
• La responsabilidad está limitada al capital aportado, es decir que ante deudas se responde con el patrimonio de la sociedad y no con el personal de los socios.
• No hay un aporte minímo legal de capital, pero se suele requerir que sea razonable y acorde a la actividad que se pretende realizar.
• No hay obligación de presentar balances ante IGJ, pero si ante la AFIP.
• Se puede constituir a través de instrumento público o privado ante escribano con menores costos que una SA.
• El capital está divido en acciones, las cuales se pueden vender a un tercero, transferirlo, darlo en parte pago, donar, etc.
• Solo pueden constituirse por instrumento público.
• El capital mínimo para constituir una SA es de $100.000
• La cantidad mínima de socios es 2 y no hay máximo.
• La responsabilidad de los socios está limitada a las acciones que adquieran.
• Puede constituirse rápidamente en forma online.
• El capital mínimo es de dos salarios mínimos vitales y móviles.
• Puede ser unipersonal, es decir, no necesitás un socio para constituirla.
• Toda la contabilidad, asientos y balances se llevan de forma digital.
• La responsabilidad esta limitada al capital aportado.